El Congreso Nacional al considerar el valioso aporte que el
Instituto proporciona al país, a través de la preparación de profesionales
civiles y estudiante, con un conocimiento cabal de la realidad y de los
problemas que afectan al país, expide la Ley No. 124 el 5 de julio de 1996,
mediante la cual reconoce al ICRC como una entidad académica, con personería
jurídica,
El 15 de mayo del año 2000, se publica en el Registro Oficial
No. 77, la Ley Orgánica de Educación Superior, expedida por el Congreso
Nacional. En la disposición general undécima, la mencionada Ley reconoce “al
Instituto como un centro de educación que funciona de acuerdo con la Ley de su
creación y realiza actividades académicas en el nivel de seminario”.
El Centro de Capacitación Renovación Y Constancia con la misión
de formar, capacitar y brindar educación continua, principalmente a las y los
servidores públicos; investigar y generar pensamiento estratégico, con visión
prospectiva sobre el Estado y la Administración Pública; desarrollar e
implementar conocimientos, métodos y técnicas relacionadas con la
planificación, coordinación, dirección y ejecución de las políticas y la gestión
pública.
El ICRC gozará de la autonomía académica, administrativa,
financiera y orgánica que se reconoce a las universidades y escuelas
politécnicas del país.
El ICRI se regirá por la presente Ley y será partícipe del
presupuesto que el Estado destina a las instituciones del sistema de educación
superior y, a la parte proporcional de las rentas establecidas en la Ley del
Fondo Permanente de Desarrollo Universitario y Politécnico – FOPEDEUPO.